Ayer aprovechando que por fin salía el sol, Aitana y yo quedamos con varios amigos para tomar algo y hablar de las vacaciones de semana santa. ¡Este año nos vamos todos a Granada! Sin embargo, al final acabamos hablando del coche eléctrico que se había comprado Juan y de que había que empezar a concienciarse e intentar utilizar energías renovables que no contaminen.
¡Hora y media de conversación sobre lo mismo! Que si el cambio climático, que si hay que reciclar, que además el precio de la electricidad y del gas cada día está más caro…y yo pensando que íbamos a hablar de las vacaciones de semana santa. Ayss…
Pero al final, la conversación resultó de lo más interesante porque Javi, un amigo nuestro ingeniero, nos explicó que esto de las energías renovables va mucho más rápido de lo que pensábamos.
Nos contó que en su estudio de ingeniería están ya empezando a hacer estudios para instalar placas solares fotovoltaicas en muchos sitios con el fin de poder autocosumir la energía solar que se produce. Parece ser que están empezando a hacer ahora porque están llegando muchas subvenciones de la Unión Europea para este tipo de instalaciones y además se ha eliminado el famoso impuesto al sol que existía antes.
Teniendo en cuenta esto, los plazos de amortización de estas instalaciones ahora son razonables y pueden oscilar entre los 5 y los 8 años aproximadamente.
A Aitana y a mí se nos iluminó la cara y parece ser que las dos estábamos pensando lo mismo. – ¿Se podrían instalar placas solares fotovoltaicas en comunidades de propietarios? -Javi nos dijo que se podrían instalar sin ningún problema en las cubiertas de las comunidades y con eso se conseguiría un ahorro en el gasto eléctrico además de producir energía limpia.
– ¡Qué interesante! -Le pedí que por favor viniera al día siguiente a la oficina a explicarnos a todos cómo funcionaba esto de las placas ¡y eso ha hecho!
Ya reunidos todos en la oficina Javi nos ha explicado cómo funcionaba y hemos aprovechado para resolver dudas. Como ejemplo hemos cogido una comunidad que llevo en Mutilva con 58 viviendas, garaje y caldera central. La comunidad se llama Iluminados 35.
Lo primero que nos ha explicado es en qué consiste la instalación de placas solares y el autoconsumo compartido.
¿EN QUÉ CONSISTE LA INSTALACIÓN DE PLACAS SOLARES Y EL AUTOCONSUMO COMPARTIDO?
Javi nos ha explicado que la instalación consiste en lo siguiente:
- INSTALACIÓN DE PLACAS PARA ZONAS COMUNES:
En el caso de las comunidades de propietarios lo interesante es plantear por un lado instalar placas solares en la cubierta con el fin de que produzcan energía eléctrica que alimentaría a los contratos eléctricos de zonas comunes que hay en la comunidad (portal, garaje, caldera, etc.).
Así, parte de la electricidad que se consume en la comunidad provendría de las placas solares fotovoltaicas y parte desde la red eléctrica de tal forma que la comunidad produciría parte de la energía que va a consumir (autoconsumo) y por tanto habría un ahorro en el gasto eléctrico de la comunidad. Es decir, la comunidad va a autoconsumir energía eléctrica sin necesidad de comprarla.
Para poder instalarlas, se debe calcular el número de placas óptimas para abastecer las zonas comunes y además analizar cuál es la mejor orientación para colocarlas.
- CONEXIÓN DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO PRIVADO DE LAS VIVIENDAS A LAS PLACAS SOLARES.
Si el espacio de la cubierta lo permite, aprovechando que se colocan placas solares en la cubierta para los suministros eléctricos comunes, es interesante ofrecer a los propietarios la posibilidad de instalar más placas para que puedan asociar el suministro particular de sus viviendas a dicha instalación.
A la hora de conectarse, los vecinos normalmente tienen la posibilidad de participar en la instalación con 0.45kw de potencia o 0.9 kw aunque la participación puede ser menor o mayor dependiendo de la cantidad de placas que se puedan instalar.
Esto no significa que cada vecino se instale un panel o varios y que sean suyos, sino que parte de lo que produzca la instalación irá destinado al suministro eléctrico de su vivienda y ello implicará un ahorro en su gasto eléctrico particular.
Teniendo en cuenta el número de vecinos que se quieran conectar, la ingeniería que proyecte la instalación la redimensiona y calcula el número de placas solares adicionales a instalar.
Todo esto se concretaría con la realización de un estudio previo de cada comunidad.
En definitiva, lo que se hace con este estudio es proyectar una instalación a la que se conectan los suministros eléctricos comunes y privados de vecinos y después, haciendo una serie de cálculos se comunica a la distribuidora qué porcentaje de lo que produce la instalación tiene que destinarse a cada uno de los suministros eléctricos conectados a la misma.
Por ejemplo, en una comunidad con garaje, caldera, portal y 10 vecinos que quieran conectar el suministro eléctrico de sus viviendas, desde la ingeniería se establecería en función del gasto eléctrico que genera cada contrato que, por ejemplo, el 40% de lo producido por las placas vaya al contrato del garaje, el 30% al de la caldera, el 10% al portal y a las viviendas un 2% a cada una de ellas.
Con estos datos, después la distribuidora aplica el descuento correspondiente en las facturas de cada contrato eléctrico conectado a la instalación.
En ese momento, Ane preguntó si en el caso de que hubiera espacio en la cubierta, podían instalarse todas las placas que se quisieran.
¿SE PUEDEN INSTALAR TODAS LAS PLACAS SOLARES QUE SE QUIERAN?
Javi nos contó que teniendo en cuenta la normativa actual, la cuestión clave es determinar qué número de placas compensa instalar en una comunidad, aunque haya espacio en la cubierta para instalar todas las que se quieran.
Esto es importante debido a que la instalación de placas solares fotovoltaicas funciona de la siguiente manera:
Una comunidad tiene placas solares que producen energía eléctrica a lo largo del día y del año, pero esta producción es variable ya que no se produce lo mismo en verano que en invierno y tampoco se produce lo mismo durante el día que durante la noche.
Esto significa que habrá momentos en los que las placas estén produciendo más energía de la que se está consumiendo y en otros se estará consumiendo más energía de la que se produce.
- En los momentos en los que las placas producen más energía de la que se consume ocurre que la energía que sobra se vierte a la red de IBERDROLA, de tal forma que la distribuidora compensa económicamente en las facturas eléctricas esa energía de más que están produciendo las placas.
El precio al que IBERDROLA paga la electricidad que se vierte a la red es de 0,05€/kw aproximadamente. Esto es lo que se denomina compensación de excedentes.
Sin embargo, esta compensación en la factura se hace hasta que ésta se queda a “0” por lo que si aun y todo, todavía hay un excedente de energía eléctrica, la distribuidora no paga dinero a la comunidad por esa energía producida de más, sino que es energía que se va a ir a la red sin que la comunidad ni los vecinos conectados obtengan nada por ella.
- En cambio, en los momentos en los que la comunidad consume más energía que la que producen las placas, todo lo que produzcan las placas la consumirá la comunidad y los vecinos conectados y la electricidad que falta se compra a 0,15€/kw
En definitiva, para que la instalación sea lo más eficiente posible, lo interesante es calcular cuántas placas solares hay que instalar para que la comunidad y los vecinos conectados ahorren lo máximo posible sin desperdiciar mucha cantidad de la energía que producen las placas.
Si se instalan más placas de las que son necesarias lo que ocurre es que mucha de la energía que producen irá a la red de IBERDROLA sin que la comunidad ni los vecinos la puedan aprovechar.
La verdad es que nos estaba encantando la explicación… ¡Tenemos que explicar esto en las comunidades porque es muy interesante! -dijo Ane.
¿Y si lo proponemos? ¿Cómo se aprobaría? ¿Qué mayoría se necesita? -pregunté.
¿QUÉ MAYORÍA ES NECESARIA PARA APROBAR LA INSTALACIÓN DE PLACAS SOLARES? ¿CÓMO SE PAGA LA INSTALACIÓN?
Aunque estamos hablando de una única instalación y los cálculos se han realizado para una instalación común que engloba tanto los puntos de suministro de la comunidad como privados, ambos acuerdos se deben votar de forma independiente:
- Por un lado, la instalación de placas solares de aprovechamiento común.
En aplicación del artículo 17.2 de la LPH, es necesaria una mayoría simple, es decir, mayoría de votos a favor del total de propietarios que a su vez representen la mayoría de % de participación. En junta tiene que haber una mayoría simple de votos a favor de los asistentes (más votos a favor que en contra). Si fuera así, se abriría un plazo de 30 días para que los ausentes puedan votar. Si no se vota nada, se entiende que se está a favor. Y entonces se alcanzaría la mayoría necesaria del total de propietarios.
- Y por otro lado el permiso para que los propietarios interesados puedan instalar placas en la cubierta comunitaria.
Tal y como está previsto en el artículo 17.1 LPH, para su aprobación se requiere el voto favorable de 1/3 del total de propietarios, que representen a su vez 1/3 de los % de participación.
En este caso y al igual que en el punto anterior, tiene que haber una mayoría simple de asistentes en junta a favor y si se da esa circunstancia, se abre el plazo de 30 días con las mismas características que en el punto anterior.
Amaia
Administradora de Fincas